Canal de denuncias

Canal de denuncias: 14 elementos clave

Publicado el: 30 marzo 2023Categorías: Liderazgo

El 21 de febrero de 2023 se ha publicado en el BOE la aprobación de la ley 2/2023 reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que entró en vigor el pasado 13 de marzo. Se incorpora de este modo al Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937, la también denominada Directiva “Whistleblowing”.

¿Qué es el canal de denuncias?

Se trata de un canal mediante el cual se reciben y gestionan denuncias, y permite la comunicación de comportamientos, situaciones irregulares o delictivas que se produzcan en el desarrollo diario de la actividad de la empresa.

El objetivo de éste es cumplir principalmente con dos finalidades:

  1. Por un lado, perseguir la comisión de infracciones o delitos en el desarrollo de la actividad de la empresa.
  2. Por otro lado, proteger a la persona informante que interponga la denuncia.

 

Elementos clave del canal de denuncias de la Ley 2/2023

  • ¿Qué empresas se encuentran obligadas a implementar el canal de denuncias?
  1. Deber de implantar el canal de denuncias en las empresas de más de 50 personas trabajadoras, así como en las entidades públicas.
  2. Para el caso de las empresas con menos de 50 personas en plantilla quedan exentas, salvo que otra ley o su convenio les obliguen.
  3. Además, con independencia del número de personas en plantilla, también deben implantarlo:
  4. Empresas afectadas por la Ley de Blanqueo de Capitales
  5. Empresas dedicadas a productos y mercados financieros
  6. Empresas dedicadas a la seguridad en el transporte
  7. Empresas afectadas por leyes de protección del medio ambiente
  8. Partidos políticos
  9. Sindicatos
  10. Organizaciones empresariales y fundaciones que gestionen fondos públicos
  11. Entidades que integran el sector público
  12. Fundaciones del sector público
  13. Universidades públicas
  14. Corporaciones de derecho público

 

  • Existen dos vías para comunicar las irregularidades:
  1. Por medio del canal interno que la empresa haya implementado.
  2. A través del canal externo frente a la Autoridad Independiente de Protección al Informante (AAI), organismo que crea esta norma.

 

  • ¿Cómo puedo implantar un canal de denuncias en mi empresa?

El órgano de administración de la empresa será el responsable de implantar el sistema, previamente, debe haber consultado a la representación legal de las personas trabajadoras en la empresa.

Para la implantación, tenemos dos opciones:

  1. Las empresas pueden gestionar de manera interna su canal de denuncias.
  2. La ley establece la posibilidad de externalizar la gestión del canal de denuncias.

La posibilidad que nos da la ley de externalizar el canal es un aspecto muy positivo para las empresas ya que de este modo pueden asegurar el cumplimiento de lo establecido en la ley, minimizando los riesgos para la empresa.

Asimismo, la ley obliga a dar publicidad al sistema de información, incluso incluyéndolo de forma visible en la página web de la empresa.

 

  • Hemos de tener en cuenta los siguientes plazos para implantar el canal de denuncias:
  1. Se establece para las empresas de +249 personas trabajadoras, el plazo de 3 meses desde la entrada en vigor de la ley para proceder a su implementación; es decir, hasta el 13 de junio de 2023.
  2. Para el caso de las empresas de entre 50 y 249 personas trabajadoras y resto de entidades obligadas, el plazo para implantar el canal de denuncias finaliza el 1 de diciembre de 2023.

 

  • Sanciones si no cuentas con el canal de denuncias

La ley establece un régimen de infracciones muy estricto, contemplando sanciones muy elevadas aparejadas a los incumplimientos.

En este sentido, por ejemplo, no implantar el Sistema de Información con los requisitos de la ley, teniendo dicha obligación, supone una infracción muy grave del ordenamiento, esto supone, para el caso de las personas jurídicas la imposición de sanciones que pueden ir desde 600.001€ hasta 1.000.000€.

Además, la norma, contempla sanciones accesorias como puede ser la prohibición de acceder a subvenciones, así como otros beneficios fiscales (durante 4 años), la prohibición para contratar con el sector público (durante 3 años), y, amonestaciones públicas.

Con la entrada en vigor de la Ley 2/2023, estamos ante un elemento que refuerza los sistemas de compliance de las compañías, y, el interés de Europa en esta medida queda patente al tener bajo su ámbito a todas las empresas de más de 50 personas empleadas y al establecer un sistema de infracciones que lleva aparejadas sanciones muy rigurosas.

En definitiva, se traslada a las empresas tanto públicas como privadas el deber de ejercer una labor activa en la prevención de delitos, y, pone un especial énfasis en proteger a las personas informantes tanto en lo que se refiere a su identidad como en evitar cualquier tipo de represalia por el hecho de haber informado.

 

Si quieres implantar y gestionar tu sistema de información y canal de denuncias en tu organización contacta con Grupo Clave y si quieres puedes visualizar el Encuentro Clave sobre el tema impartido por Julia Candañedo.

 

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