Plan de Igualdad

Todas las claves de los planes de igualdad

Publicado el: 12 abril 2021Categorías: Noticias

El pasado 7 de marzo ha finalizado el plazo para tener implantado un Plan de Igualdad para las empresas con más de 100 personas trabajadoras en su plantilla. Si bien esta obligación ya existía para las compañías de más de 250 trabajadores, desde la publicación del Real Decreto-ley 6/2019, todas las empresas de más de 50 personas trabajadoras deben contar con uno.

En este artículo, Grupo Clave te cuenta todo lo que debes saber sobre los Planes de Igualdad.

¿Qué es un Plan de Igualdad?

Un Plan de Igualdad es un conjunto ordenado de medidas dirigidas a superar los obstáculos que impiden o dificultan la existencia de la igualdad efectiva de mujeres y hombres y que contribuyen a la discriminación por razón de sexo en el ámbito laboral.

Para su elaboración, en primer lugar se constituye una comisión de igualdad -integrada tanto por representantes de la empresa como de los trabajadores- para negociar todos los aspectos del Plan de Igualdad. En segundo término, se realiza un informe diagnóstico tras analizar materias como el proceso de selección y contratación, la clasificación profesional, la formación y promoción profesional, las condiciones de trabajo, el ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral, las retribuciones y la prevención del acoso sexual y por razón de sexo. Finalmente, se fijan los objetivos a alcanzar y las prácticas a adoptar para su consecución que integrarán el Plan de Igualdad.

¿Cuáles son los plazos para tener implantado un Plan de Igualdad?

El plazo para tener elaborado e implantado un Plan de Igualdad se ha fijado en función del número de personas trabajadoras.

En todo caso, se dispondrá de un plazo de tres meses desde que se alcancen las 50 personas trabajadoras para iniciar el procedimiento de negociación.

Nº Personas Trabajadoras Fecha límite
50 a 100 7 de Marzo 2022
101 a 150 7 de Marzo 2021
151 a 250 7 de Marzo 2020

 

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¿Cómo sanciona la Inspección de Trabajo el incumplimiento de esta obligación?

Las infracciones derivadas del incumplimiento de las obligaciones en materia de igualdad serán graves, cuya sanción podrá alcanzar desde los 626 euros hasta los 6.250 euros, o muy graves, en cuyo caso se sancionará con multa desde los 6.251 euros hasta los 187.515 euros.

Las principales consecuencias de no cumplir con la obligación de contar con un Plan de Igualdad son la pérdida automática de bonificaciones y ayudas de cualquier tipo, y en general, de los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo durante seis meses y desde la fecha en la que se considere cometida la infracción.

 

Beneficios de la implantación del Plan de Igualdad

Elaborar e implantar un Plan de Igualdad no sólo sirve para evitar sanciones, sino que contribuye a reforzar la Responsabilidad Social Corporativa de la empresa, un aspecto muy valorado en el ámbito de la contratación pública, entre otros. Además, permite conocer de cerca las necesidades y opiniones reales de sus trabajadores en aspectos tan importantes como la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Adelantarse a que se haga efectiva la obligación de contar con un Plan de Igualdad, puede reportar importantes ventajas para las compañías, puesto que muchas Administraciones ofrecen subvenciones para la implantación voluntaria de los Planes de Igualdad.

 

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